A- de 2024
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Vladimir Fernández Andrade
✓Claimant Entidad Promotora De Salud Eps Famisanar Sas·Respondent Administradora De Los Recursos Del Sistema General De Seguridad Social En Salud Y Otros
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Configuración de cosa juzgada
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de jurisdicciones suscitado entre la Subsección C, de la Sección Tercera, del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, la Superintendencia de Salud y el Juzgado 37 Laboral del Circuito de Bogotá.
La controversia entre Despachos dio lugar por demanda de reparación directa presentada por la Entidad Promotora de Salud Famisanar LTDA., en contra de la Nación – Ministerio de Salud y Protección Social y otros con el fin de que se declare que las demandadas son responsables por los daños sufridos por la EPS como consecuencia del no pago de los servicios de salud prestados que no hacen parte del Plan Obligatorio de Salud (POS, hoy PBS) suministrados a los usuarios de la entidad en cumplimiento de las órdenes proferidas en actas de Comité Técnico Científico o en fallos de tutela y cuyas cuentas fueron glosadas por extemporaneidad, además de que se reconozca y pague a favor de la demandante los recobros y perjuicios causados, en valor referido en escrito de demanda.
Luego de hacer el análisis del asunto, la Sala Plena advierte que caso presente es idéntico al resuelto el 25 de septiembre de 2019 por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, de tal manera que en esa oportunidad se puso fin al conflicto suscitado actualmente e hizo tránsito cosa juzgada, lo que impide volver sobre lo que ya fue decidido.
Por lo expuesto, la Corte decide estarse a lo resuelto en el auto ya proferido y resuelve remitir el expediente al Juzgado 37 Laboral del Circuito de Bogotá para que continúe con el trámite del proceso y para comunique la presente decisión a los interesados, incluyendo a la Subsección C, de la Sección Tercera, del Tribunal Administrativo de Cundinamarca.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- Primero. ESTARSE A LO RESUELTO por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura en el auto del 25 de septiembre de 2019, en la cual se determinó que la competencia para conocer de la demanda instaurada por Famisanar EPS en contra de la Nación y otros correspondía a la Jurisdicción Ordinaria Laboral y, en particular, al Juzgado 37 Laboral del Circuito de Bogotá.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-3988 al Juzgado 37 Laboral del Circuito de Bogotá para que continúe con el trámite del proceso y para comunique la presente decisión a los interesados, incluyendo a la Subsección C, de la Sección Tercera, del Tribunal Administrativo de Cundinamarca.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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